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* La Secretaría de Salud realizará la vigilancia epidemiológica, prevención y control en las donaciones

 

REDACCIÓN    /

 

Chilpancingo, 04 de diciembre de 2017. El Congreso de Guerrero aprobó un marco normativo en materia de trasplantes y donación de órganos humanos en el estado.

Esto con la finalidad de establecer políticas públicas y mecanismos que permitan la coordinación de acciones entre los tres órdenes de gobierno en materia de trasplantes y donación de órganos humanos.

Actualmente, la Secretaría de Salud en coordinación con autoridades federales realiza la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, así como la investigación, prevención y control de accidentes; pero con la reforma, también será en materia de donación de órganos, tejidos y células con fines de trasplante.

Además establecerá los programas y mecanismos de coordinación con los órganos y dependencias que constituyen el Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes; dirigir las políticas de salud relacionadas con la donación de órganos, tejidos y células con fines de trasplante, ejecutando las acciones necesarias a través del Centro de Trasplantes del Estado de Guerrero.

Las reformas y adiciones a la Ley Número 1212 de Salud en el Estado, integra un capítulo denominado Donación de Órganos, Tejidos y Células con Fines de Trasplantes, en que se estipulan los procesos basados en la Ley General de Salud, las disposiciones reglamentarias y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, así como los lineamientos que emitan organismos internacionales y demás instrumentos jurídicos aplicables.

Cabe mencionar que con estas modificaciones se estipula que los trasplantes y donación de órganos humanos se regirán por los principios de altruismo, ausencia de lucro, confidencialidad, transparencia, equidad y eficiencia, por lo que su obtención y utilización serán estrictamente gratuitos y los datos personales deberán protegerse.

También, el Centro de Trasplantes del Estado de Guerrero coadyuvará con el Centro Nacional de Trasplantes, presentando periódicamente sus programas de trasplantes e integrando y actualizando la información del Registro Nacional de Trasplantes, en los términos que dispone la Ley General de Salud, y expedirá el documento oficial mediante el que se manifieste el consentimiento de la persona cuya voluntad sea donar sus órganos después de su muerte.

 

 

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