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* Se amplía la cifra de 150 a 300 folios que componen un volumen de 150 hojas para protocolo abierto, utilizado en la expedición de instrumentos notariales, explicó Dimna Guadalupe Salgado

REDACCIÓN  /

Chilpancingo, 8 de noviembre de 2020. El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Hacienda del Estado de Guerrero para, entre otras cosas, amplíe la cifra de 150 a 300 folios que componen un volumen de 150 hojas para protocolo abierto, utilizado en la expedición de instrumentos notariales.
Entre estas reformas dictaminadas por la Comisión de Hacienda, también se considera como servicio prestado por el Archivo de Notarías lo relacionado a las anotaciones marginales de instrumentos notariales y la expedición de constancia de instrumentos notariales,
Además, se incluye la denominación de “formas valoradas digitales” usadas en oficinas fiscales de la Subsecretaría de Ingresos, así como en la elaboración de avalúos con fines fiscales, y se considera la prestación del servicio de “alerta inmobiliaria” como un servicio electrónico que se podrá recibir a través de una cuenta de correo o dispositivos móviles, mediante el cual se podrá alertar a los titulares sobre posibles modificaciones a la situación jurídica de su inmueble.
Al fundamentar el dictamen, en su calidad de presidenta de la Comisión de Hacienda, la diputada Dimna Guadalupe Salgado Apátiga destacó que con estas modificaciones a la Ley de Hacienda se actualiza el marco jurídico para contar con leyes acordes a las circunstancias actuales en el ejercicio de facultades de las autoridades fiscales.
En ese sentido, la legisladora explicó que el Protocolo Notarial, de acuerdo a Ley del Notariado del Estado, es el conjunto de libros formados por folios ordenados en forma numérica y cronológica, además de sellados, en los que el notario, observando las formalidades, asienta y autoriza las escrituras y actas pasadas ante su fe, con sus respectivos apéndices.
Dijo que los libros o volúmenes en blanco del protocolo serán adquiridos y pagados por el notario y en el caso de “Protocolo Abierto” las hojas de los libros lo conforman los “folios” encuadernables con número progresivo y cronológico, encuadernándose por libros o volúmenes cuando los testimonios redactados rebasen o se aproximen a cincuenta folios, que serán autorizados e impresos por la Secretaría General de Gobierno.
En ese sentido, especificó que los folios, al ser adquiridos por el notario y autorizados por la Secretaría, constituye un cobro porque la Ley así lo especifica. Por ello “la modificación estriba en lo concerniente a la especificación de número de folios (300). que en número de fojas representa 150, como se encuentra actualmente. Ello obedece a que los folios se enumeran en el anverso y reverso de cada foja, lo que es correcto y procedente”.
La diputada consideró procedente abrogar la autorización de protocolos cerrados o libros de control de instrumentos, los que se sustituyen con la forma de conformación del “protocolo abierto”, y que ha constituido un instrumento más ágil y operativo para los notarios.

Asimismo, dijo que al incluir la forma valorada digital para los avalúos de bienes inmuebles con fines fiscales, facilitará a los valuadores extender el avalúo y poder consultarlo hasta por un término de seis meses.

Salgado Apátiga también resaltó que un aspecto novedoso de estas reformas es lo relativo al Servicio de Alerta Inmobiliaria, que deberá prestar el Registro Público de la Propiedad y Crédito Agrícola del Estado mediante el cobro del servicio.

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