Compartir

* En sesión del pleno, el órgano electoral dio respuesta a una solicitud de Carlos Marx Barbosa, quien pedía saber cuántos votos tuvo cada personaje mencionado

REDACCIÓN   /

 

Chilpancingo, 03 de agosto de 2021. El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC-GRO), rechazó la petición para abrir los paquetes electorales con el fin de conocer cuántos votos obtuvo cada uno de los candidatos que fueron mencionados por la gente sin haberse registrado para la contienda.

En la Trigésima Sexta Sesión Extraordinaria, celebrada este martes, el pleno del Consejo General aprobó dar respuesta a la solicitud de información sobre la votación recibida bajo la modalidad de candidaturas no registradas, realizada por el ciudadano Carlos Marx Barbosa Guzmán.

Lo anterior, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, en el expediente TEE/JEC/269/2021. Mediante dicha resolución se instruyó al IEPC Guerrero, determinar el órgano competente para emitir una nueva determinación para responder al escrito presentado por Barbosa Guzmán, quien mediante un Juicio Electoral Ciudadano impugnó el contenido del oficio 2232/2021 mediante el cual se había dado respuesta a su solicitud el pasado 15 de junio.

Por lo que mediante este acuerdo aprobado, el IEPC Guerrero señala que en el marco legal no existe disposición que ordene al órgano electoral el obtener el día de la jornada electoral y en los cómputos distritales, información de cada uno de los nombres asentados en el recuadro para candidaturas no registradas, pues únicamente se obtiene el número total de votación emitida por la ciudadanía por esta figura con fines estadísticos, y dado que en este momento, el proceso electoral se encuentra en la etapa impugnativa, en la que los paquetes electorales se encuentran bajo resguardo en las bodegas electorales, es imposible abrirlas para conocer dicha información solicitada, pues el hacerlo implicaría el vulnerar los principios procesales del derecho electoral, máxime que la solicitud de saber cuántos votos aparecen a nombre del solicitante, no es una causal prevista en la normativa para ordenar a los Consejos Distritales Electorales la apertura de los paquetes electorales.

Lo anterior, en virtud de que en las actas de escrutinio y cómputo únicamente se asientan datos numéricos de los votos que fueron asentados en el recuadro de candidaturas no registradas; por lo que no existe algún apartado en el cual se deban asentar los nombres de dichas personas.

Finalmente, por cuanto a la elección de Diputación Federal, se señala que la petición deberá realizarse ante la autoridad nacional correspondiente.

 

Compartir:

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here