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  • El Congreso del Estado aprueba reformas al Código Penal para castigar con mayor severidad el delito de robo de ganado mayor y menor, así como conductas equiparables.
  • El diputado Marco Tulio Sánchez Alarcón, autor de la iniciativa, señala que el robo de ganado es uno de los crímenes que más afectan las actividades productivas en Guerrero.
  • La actividad ganadera aporta el 4.8 por ciento del Producto Interno Bruto Estatal, según el dictamen emitido por la Comisión de Justicia.

Chilpancingo, 16 de enero de 2024. Con el fin de proteger la actividad ganadera en el estado, el diputado Marco Tulio Sánchez Alarcón presentó una iniciativa de reformas al Código Penal del Estado para incrementar las penas por el delito de robo de ganado mayor y menor, así como conductas equiparables, como la clonación o expedición de aretes de identificación, marcas, contramarcas o contraseñas de animales sin el legítimo derecho de propiedad, y la expedición de guías falsas en actos de compraventa.

El Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen derivado de dicha iniciativa, emitido por la Comisión de Justicia, donde se expone que el robo de ganado es uno de los crímenes que más laceran las actividades productivas en el estado de Guerrero, ya que según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, desde 2015 a julio de 2022 se ha reportado el robo de 322 cabezas, lo que representa grandes pérdidas económicas a los productores y sus familias.

Asimismo, se destaca que la actividad ganadera en el estado de Guerrero representa una de las actividades más importantes, al aportar 5 mil 590 millones pesos al Producto Interno Bruto Estatal; es decir, el 4.8 por ciento.

Por todo lo anterior, el diputado Sánchez Alarcón consideró indispensable reforzar el marco legal para reprimir estas conductas, por medio de sanciones adecuadas que garanticen la estabilidad en las actividades productivas preponderantes de la entidad.

El dictamen aprobado establece que a quienes cometan el delito de robo de ganado mayor o se apoderen de ganado ajeno vacuno, caballar o mular sin derecho ni consentimiento del propietario, se les sancionará con prisión de 5 a 10 años y multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), y en el caso de robo de ganado menor, la prisión será de 2 a 6 años y de 50 a 300 UMA’s.

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