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* La diputada María del Carmen Pérez pide adicionar el Código Penal para considerar delito de fraude específico la venta y distribución de falsificaciones contra el Covid-19, alteradas, contaminadas o que no estén autorizadas

REDACCIÓN  /

Chilpancingo, 7 de abril de 2021. La diputada María del Carmen Pérez Izazaga propuso adicionar el Código Penal del estado para castigar como delito de fraude específico la venta y distribución de vacunas falsificadas contra el Covid-19, alteradas, contaminadas o que no estén autorizadas por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Plantea, además, que en el caso de las vacunas originales y autorizadas, se sancione a quien no las entregue en términos de lo pactado o las sustraiga de manera indebida.
En su propuesta que se turnó a la Comisión de Justicia para el análisis y dictaminación conducentes, la legisladora plantea incrementar las penas hasta en una mitad cuando el delito lo cometa un servidor público o profesional de la salud, al que también se le suspenderá su cédula profesional y licencia comercial por diez años.
En relación con el tema, la diputada señaló que desde el 11 de enero el Gobierno Federal inició la vacunación para la prevención del Covid-19 en México, proceso que se ha desvirtuado por la venta de vacunas que han hecho servidores públicos, directivos de salud, médicos y otros, en contravención de la Ley y los mismos derechos humanos.
Precisó que el pasado 17 de marzo las autoridades aduaneras, en coordinación con el Ejército, decomisaron un lote de supuestas 5 mil 775 dosis de la vacuna Sputnik V en el Aeropuerto Internacional de Campeche, que pretendían ser trasladadas en una nave privada hacia Honduras y Rusia.
Abundó que más de mil trabajadores de una maquiladora, ejecutivos de empresas, políticos, taxistas y comerciantes fueron vacunados con dosis falsas en un consultorio particular ubicado en la capital campechana.
Por estas razones, la diputada considera que no es posible seguir atropellando a la gente, aprovechando su estado de vulnerabilidad y la necesidad de inmunización, hecho por el cual se deben emprender acciones para sancionar a quienes por medio del engaño o haciendo caer en error a la población, hagan lucro con la venta, comercio, distribución o transporte de estas sustancias.

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