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*El contralor estatal y el auditor general participan en acto protocolario que encabezan las alcaldesas saliente y entrante * La ley otorga 30 días hábiles para analizar la información y los funcionarios deberán ser nombrados antes de tomar control de las dependencias

REDACCIÓN  /

Acapulco, 29 de septiembre de 2021. Acapulco cumple con el proceso legal de Entrega-Recepción de la Administración Pública Municipal con orden y transparencia dentro del tiempo establecido por la Ley 213 del Estado de Guerrero.

El acto formal para la trasferencia del Poder Municipal de la administración 2018-2021 a 2021-2024, lo encabezaron las presidentas saliente y entrante, Abelina López Rodríguez y Adela Román Ocampo, respectivamente, acompañadas de sus equipos de trabajo.

Dieron fe y legalidad del acto protocolario el titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (AGE), Luis Javier González Guerrero y Eduardo Loría Casanova, secretario de Contraloría y Transparencia Gubernamental en el Estado.

El proceso de Entrega-Recepción es el conjunto de actividades realizadas por las dependencias que culminan con el acto formal de entrega del cargo, iniciando el periodo de 30 días para revisión y, en su caso, solicitar aclaraciones a funcionarios que entregaron el cargo, a través del Órgano de Control Interno.

“Estamos respetando los tiempos y las formas de este proceso de Entrega-Recepción”, informó González Guerrero durante un receso solicitado por la alcaldesa entrante para revisar el documento final y firmar el acta correspondiente.

A su vez, Loría Casanova indicó que el acto protocolario, establecido por la Ley 213 de Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero, es “obligatorio y formal” que concluye con la firma del acta de las autoridades entrante y saliente, sus testigos y los representantes de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.

Es un acto protocolario, lo que se debe entregar hoy, “se entrega el Despacho de la Presidencia y, a partir de que ya constitucionalmente le hayan tomado protesta a la presidenta, ya podrá emitir los nombramientos y continuar con la entrega de cada área”, explico el titular de la Contraloría, lo cual significa que ninguna persona sin nombramiento podrá asumir el control de alguna dependencia.

Aclaró que el hecho de que se firme el acta, no implica que se están aceptando como buenos todos los anexos, “simplemente es un acto protocolario, y la ley otorga 30 días hábiles a partir de la fecha de firma para poder analizar la información, si se considera que falta algo que no está claro, se solicita una junta aclaratoria a través del Órgano de Control Interno para citar al funcionario saliente”.

Y añadió que si todo queda aclarado se levanta un acta y ahí queda el asunto, contrariamente el órgano interno le tiene que dar un término (al funcionario saliente) para que presente la documentación y, en caso de que no lo haga, se inicia el proceso considerado como falta grave, como establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

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